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SINDICATOS DE ESPERANZA Y DISTRITO CENTINELA ACUSAN PRECARIZACIÓN TRAS DESPIDOS MASIVOS: “NO EXISTE NECESIDAD DE DESVINCULAR TRABAJADORES”

Los sindicatos de trabajadores de Minera Esperanza y Distrito Centinela rechazaron categóricamente el despido de 60 personas en Minera Centinela, desvinculaciones aplicadas bajo la causal de “necesidades de la empresa” establecida en el artículo 161 del Código del Trabajo.

Las organizaciones informaron que la medida afectó a 33 trabajadores del rol empleado y a 27 supervisores, varios de ellos con más de 15 años de servicio, evaluaciones satisfactorias y sin antecedentes disciplinarios. Para los sindicatos, la decisión golpea la estabilidad de las familias y desconoce el aporte de quienes han sostenido durante años el crecimiento de la operación.

El cuestionamiento se produce mientras Antofagasta Minerals impulsa el proyecto Nueva Centinela, con una inversión superior a US$4.400 millones, una extensión de la vida útil por al menos 30 años y un aumento proyectado de 144 mil toneladas anuales de cobre fino. El plan contempla una nueva planta concentradora, infraestructura hídrica y energética, producción de oro y molibdeno, además de equipos autónomos.

En ese escenario, las organizaciones consideran injustificable que la compañía invoque necesidades empresariales para poner término a contratos de trabajadores experimentados. También advierten que los despidos se concretan a las puertas de una negociación colectiva reglada, deteriorando las relaciones laborales y generando una señal de presión hacia las bases sindicales.

El presidente del Sindicato Distrito Centinela, Héctor Aguilera, sostuvo que los actuales precios del cobre, el bajo costo de producción y el aporte de subproductos como el oro y el molibdeno contradicen la causal utilizada. Añadió que Antofagasta Minerals mantiene procesos de contratación publicados en sus canales oficiales, lo que refuerza las dudas sobre la justificación de las desvinculaciones.

Aguilera advirtió que la salida de trabajadores con experiencia y rentas consolidadas podría facilitar su reemplazo por personal nuevo con remuneraciones inferiores. “Sin duda es precarización del trabajo”, afirmó.

Los sindicatos exigieron transparencia en los criterios aplicados, explicaciones claras, respeto por la trayectoria laboral y la apertura inmediata de instancias de diálogo. Asimismo, anunciaron que, junto con sus asesorías jurídicas, evalúan presentar denuncias y demandas por despidos injustificados.

La expansión de una compañía minera no puede sostenerse sobre la pérdida de empleos ni sobre el reemplazo de trabajadores experimentados por mano de obra más barata. Frente a inversiones históricas y proyecciones de crecimiento, los despidos bajo el artículo 161 aparecen como una decisión orientada a reducir costos laborales, trasladando el peso del negocio hacia quienes han contribuido directamente a sus resultados.

 

PRENSA PODER LOBORAL

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